El Archivo Provincial se encuentra localizado en el pasaje de la Avda.
José María Alcaraz y Alenda, 1. El acceso al edificio se puede realizar
tanto desde la calle Jose María Alcaraz y Alenda como desde la Avda.
Tomás Romero de Castilla. En ambas calles existe una zona de
aparcamientos que nos pueden servir de referencia a la hora de
localizar la ubicación del Archivo.
Avda. José María Alcaraz y Alenda, 1 (pasaje)
06011 Badajoz
FUNCIONES PRINCIPALES
- Recoger, conservar, custodiar, describir -ordenar, clasificar e inventariar- la documentación.
- Informar a la propia institución y a los ciudadanos particulares e investigadores.
- Coordinar la red de archivos de oficina: análisis de la
documentación, establecimiento de cuadros de clasificación, propuesta
de expurgo, transferencias al Archivo de Diputación,...
- Asesorar, asistir técnicamente e informar a los Municipios.
- Colaborar en publicaciones, exposiciones, visitas culturales en
grupo, cursos y tareas de formación, así como aquellas derivadas de la
selección como Centro para la realización de las prácticas
profesionales de los alumnos de la facultad de Biblioteconomía y
Documentación de la UEX.
LOCAL E INSTALACIONES
- Ubicación:
En planta baja de uno de los pabellones que formaron parte de los
desaparecidos Hogares provinciales. Ocupa una superficie aproximada de
1000 m2 , de los cuales 544 m2 están ocupados por los depósitos.
-
Instalaciones: recepción y sala de exposiciones temporales, sala de
consulta o de investigadores con seis puestos, seis despachos (1 de
dirección, 2 de administración y 3 de técnicos),
sala de trabajo técnico destinada al Programa de Organización de
Archivos Municipales de Extremadura (antigua sala de usos múltiples),
muelle de descarga y sala de recepción de la documentación, cuatro
depósitos documentales, almacén y servicios.
- Instalaciones de seguridad: sistema de detección y alarma contra incendio e intrusión y extintores manuales.
- Estanterías: Sistema “compacto” en los depósitos con un total de
6.311 m.l. instalados, de los cuales 1.923 m.l. están disponibles.
Además contamos con 192 m.l. de estanterías de tipo tradicional en el
muelle de descarga y zonas de trabajo, así como 84 m.l. en el almacén.
- Equipamiento informático: Instalación en red de 10 ordenadores en
la zona de trabajo y 2 en la sala de consulta, 5impresoras y 1 escáner.
- Otro equipamiento: La zona de trabajo y la de atención al público
están climatizadas. Cada depósito documental cuenta con un
deshumificador. Además, el Archivo Provincial dispone de: 2 planeros,
proyector y visor de diapositivas, pantalla de proyección y máquina
fotográfica digital.
- Medios reprográficos: equipo completo de digitalización, 1 fotocopiadora-impresora, 5 impresoras y escáner.
DIRECTORIO-PERSONAL:
- Director-Jefe de Servicio: Fernando Rubio García.
- Jefe de Sección de Archivo General: Eduardo Sordo Osuna.
- Jefe de Sección de Asistencia Técnica a Archivos Municipales: Antonio García Carrasco
- Técnico Medio de Archivo General: Lucía Muñoz Capote.
- Técnico Medio de Biblioteca Auxiliar: Esther Párraga Gómez.
-
5 Diplomados en Biblioteconomía del Programa de Organización de
Archivos Municipales de Extremadura: Soledad Amaro Pacheco, Isabel
Domínguez Ordóñez, Eva Haut Ardila, Verónica Larios Suárez e Isabel
Triguero Llera.
- 2 Diplomados en Biblioteconomía contratados en prácticas
- Jefe de Negociado: Mª del Pilar Ger Peñas y Antonia Gutiérrez de Tena Lillo.
- Ordenanzas: Manuela Márquez Barragán y Florentina Chacón Díez.
(Contratación de servicios externos de la vigilancia y limpieza).
SERVICIOS
- Información documental y bibliografía tanto a consultas de carácter interno por necesidades de gestión de la
propia Institución, como externas de otras administraciones,
investigadores y ciudadanos en general.
- Asistencia y asesoramiento técnico a Archivos Municipales.
- Depósito de Archivos Municipales.
- Difusión Pedagógica a través de exposiciones temporales y visitas guiadas a alumnos de Bachillerato y Universidad.
- Centro de formación y prácticas de los alumnos de la Facultad de Biblioteconomía y Documentación de la UEX.
- Colaboración en publicaciones y estudios de interés provincial.
- Sala de consulta o investigadores. Con seis puestos de lectura,
está destinada a la consulta directa de la documentación y de los
fondos bibliográficos, permite el acceso a distintas bases de dato
informativas, a internet y a la lectura mediante CD´s de copias
digitales de distintas series documentales de registros de actas y de
la colección del BOP.
Cuenta además con distintos instrumentos de descripción documental y de información bibliográfica: inventario de fondos documentales en ficheros tradicionales con más de 32.000 asientos, inventario de los Archivos municipales
en depósito , relación de contenido del antiguo fondo de Beneficencia,
catálogo de fotografías de la colección Fernando Garrorena, catálogo de
fotografías de la provincia de la colección del pabellón extremeño en
la Exposición Iberoamericana de Sevilla de 1929, catálogo impreso y en
soporte digital de las monografías de la Biblioteca auxiliar, ...
- Reprografía: fotocopias, impresos, soportes informáticos, etc., de los documentos y
bibliografía custodiados en el Archivo Provincial y compulsa de los
mismos.
NORMATIVA DE CONSULTAS Y REPRODUCCIÓN DE FONDOS DOCUMENTALES Y BIBLIOGRÁFICOS
Normativa de Consultas
El
acceso de los ciudadanos a los fondos documentales es libre,
exceptuando las restricciones contenidas en la legislación vigente.
Para hacer uso del derecho de acceso se cumplirá con las siguientes
normas:
- Está prohibido:
- Disponer en la sala
de carteras, carpetas, libros, documentos, sistemas de reproducción,
etc., propios. Las pertenencias personales serán depositadas en las
taquillas o roperos habilitados al efecto, no haciéndose responsable el
Centro de las pérdidas o daños que puedan producirse de los objetos
personales depositados. En las mesas de consulta el usuario sólo podrá
disponer de lapiceros, hojas en blanco, cuadernos y, en su caso,
ordenador personal.
- Doblar, descoser, desordenar, calcar
o escribir en los documentos o apoyar el papel sobre los mismos, o
cualquier otra acción que pueda suponer un riesgo para su conservación
y apariencia original, cuidando que los documentos no pierdan su
ordenación.
- Alterar el orden o silencio de la sala, no estando permitido: comer, beber, fumar y hacer uso del teléfono móvil.
- El usuario se acreditará antes de acceder a la sala de consulta.
- Los
investigadores que vayan a hacer uso de los fondos del Archivo, una vez
informado del contenido de los mismos y valorado el interés que para su
investigación pueda tener su consulta, tendrán la obligación de
cumplimentar una tarjeta de investigador y tenerla permanentemente
actualizada. Igualmente, en el acto de la firma de la tarjeta, el
investigador acepta la declaración que, en su momento, constará
impresa: "Declaro conocer y aceptar las normas de consulta vigentes en
el Archivo de la Diputación Provincial de Badajoz, y me comprometo a
respetarlas y a no causar daño a los fondos y a sus instalaciones".
- La
consulta se solicitará previamente mediante el impreso modelo
correspondiente que se encuentra disponible en la sala. También podrá
ser solicitada a través de cualquier otro medio de comunicación (correo
ordinario, e-mail, fax,..), siempre que se facilite la misma
información requerida en el impreso. En él se hará constar los
siguientes datos: nombre del solicitante, finalidad o tema de
investigación, documentación, publicación o cualquier instrumento de
información solicitado señalando el año y su signatura, fecha de la
consulta y, en su caso, firma del solicitante.
- No podrá
consultarse al mismo tiempo más de una unidad de descripción o de
instalación (libro, caja, legajo, etc.) y no será atendida una nueva
solicitud sin hacer entrega de la anterior.
- Es obligatorio cumplimentar una petición individualizada por cada unidad de descripción o instalación solicitada.
- No podrá consultarse al mismo tiempo por varios peticionarios una misma unidad de descripción o instalación.
- No podrá realizarse peticiones de consulta de tipo genérica.
- El
Centro podrá denegar la consulta directa de los documentos atendiendo a
su estado de conservación, en cuyo caso facilitará, en la medida de lo
posible, el acceso a reproducciones o a la información que el usuario
requiera.
- En caso de contarse con documentos, libros u obras
reproducidos en soporte digital u otro, y siempre que los medios
disponibles lo permitan, se evitará la consulta directa de los
originales.
- Los documentos consultados no podrán salir de la sala y serán devueltos antes de que el usuario la abandone.
- Para
la entrada y uso de ordenadores portátiles propios se requerirá
autorización expresa del Archivero. En cualquier caso dicha
autorización no se extenderá a la posibilidad de uso de sistemas de
lectura, grabación o reproducción propios.
- El autor de
cualquier tipo de publicación para la cual ha sido necesario consultar
o reproducir los documentos del Archivo tiene la obligación de entregar
un ejemplar a su Biblioteca Auxiliar. De igual manera, y con carácter
general, todo investigador que vea publicada alguna obra en la que haya
utilizado como fuentes dichos fondos aunque no aparezcan reproducidos,
estará obligado a citar su procedencia.
- Los inventarios y otros instrumentos de descripción no podrán ser publicados por los usuarios ni total ni parcialmente.
- Las consultas a Internet tendrán una limitación de una hora diaria.
- Media hora antes del cierre de la sala de consulta al público no se atenderán nuevas peticiones.
- En
caso de dudas, o por necesidades de información, el usuario podrá
solicitar la presencia de personal auxiliar o técnico del Archivo en la
sala de consulta.
- El incumplimiento de las normas de
consulta puede acarrear la pérdida de la condición de usuario del
Archivo, independientemente de las sanciones que, en su caso, puedan
derivarse del mismo.
Normativa de Reproducción
- El servicio de reproducción se solicitará previamente. También
podrá ser solicitado a través de cualquier otro medio de comunicación
(correo ordinario, e-mail, fax,..), siempre que se facilite la misma
información requerida. Se hará constar los siguientes datos: nombre del
solicitante, dirección completa, finalidad de la solicitud de
reproducción, modo de entrega de la reproducción, documentación
(nombre, fondo, fecha, folios o páginas y signatura) o publicación
(autor, título, nombre de la publicación seriada en su caso, fecha de
edición, páginas y signatura) solicitada, fecha de la solicitud y, en
su caso, firma del solicitante.
- Las reproducciones se harán, siempre que los medios técnicos disponibles lo permitan, en un plazo no superior a una semana.
- Las reproducciones, duplicados o copias estarán sujetos a la
legislación sobre Propiedad Intelectual y demás normativa vigente,
debiéndose acreditar por el solicitante, en su caso, la cesión de los
correspondientes derechos ("La reproducción de obras que no pertenecen
al dominio público, es decir, sujetas a derechos de propiedad
intelectual, sólo será posible cuando se realice sin ánimo de lucro y
exclusivamente para fines de investigación" -art. 37.1 del RDL 1/1996-)
- La reproducción de registros legibles por ordenador se realizará
únicamente respecto de los registros contenidos en las bases de datos
que sean propiedad de la Diputación Provincial de Badajoz y de sus
organismos autónomos.
- Las restricciones y limitaciones para la reproducción de fondos
bibliográficos y documentales vendrán motivadas por razones tales como:
el respeto a la legislación vigente Ley de Propiedad Intelectual y
las necesarias medidas encaminadas a asegurar la adecuada conservación
y buen uso de los fondos.
- En ningún caso serán reproducidos mediañte manipulación mecánica y
por medio de sistemas con efectos negativos tales como la luz intensa,
calor, etc. (fotocopia, escáner...), documentos u obras en mal estado
de conservación o que corran peligro de estarlo.
- Los materiales de características especiales por razones de
formato, tamaño, peso, estado de conservación y encuadernación, etc.,
no se reproducirán directamente del original a no ser por medios
fotográficos.
- No serán atendidas peticiones de reproducción: genéricas, colecciones o unidades de instalación completas, ...
- En caso de contarse con documentos, libros u obras reproducidos en soporte digital u otro no se reproducirán los originales.
- Los libros, folletos y revistas posteriores a 1957, y siempre que
su estado de conservación lo permita, podrán ser reproducidos hasta un
máximo de 50 fotocopias por volumen y siempre que éstas no superen un
tercio del total del mismo. El mismo criterio se seguirá para ediciones
anteriores a esta fecha, y en obras posteriores a la misma que estén
agotadas, siempre que su estado de conservación lo permita. En caso
contrario las reproducciones se facilitarán exclusivamente por medios
fotográficos.
- Queda prohibida la reproducción por medios propios del solicitante
(escáner, fotografía, sistemas informáticos, etc), sin autorización
expresa y previa del Presidente de la Diputación Provincial, Diputado/
a de Cultura o de aquél en quien delegue
- El peticionario no podrá solicitar más de 300 fotocopias y/ o impresos al mes.
- Para publicar reproducciones de fondos del Archivo Provincial será
necesario contar con autorización previa del Presidente de la
Diputación Provincial, Diputado/ a de Cultura o de aquél en quien
delegue. Dicha autorización se entenderá que sólo afecta a una edición,
teniendo que repetirse el protocolo en caso de posteriores ediciones.
Además, el solicitante está obligado a entregar en el Centro
correspondiente un ejemplar de aquellas publicaciones en las que sean
reproducidos sus fondos documentales y bibliográficos.
Información de Interés
Horario al público
de Lunes a Viernes
de 8:30 a 14:30 h.
El acceso al centro es libre y gratuito